Los menores bajo tutela administrativa que poseen autorización de residencia y trabajo deben emprender el proceso de renovación cuando esta autorización se acerca a su vencimiento al llegar a la mayoría de edad.
Plazo para la Renovación: La renovación debe ser solicitada durante los sesenta días previos a la expiración de la vigencia en la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia, o en los 90 días posteriores a la caducidad. La presentación en este plazo extiende la validez de la autorización anterior hasta la resolución del proceso de renovación.
Solicitantes: La renovación puede ser gestionada por el interesado personalmente o a través de un representante legal.
Requisitos para Renovación:
- Disponer de recursos económicos suficientes para su sostenimiento, pudiendo ser demostrados a través de diversas vías como el Ingreso Mínimo Vital, participación en programas de sostenimiento, ingresos laborales, entre otros.
- Ser titular de una autorización de residencia como menor tutelado por la administración que esté próxima a caducar.
- En el proceso de renovación, se evaluarán aspectos como antecedentes penales y la presentación de informes de entidades de protección de menores respecto al cumplimiento de objetivos educativos o sociolaborales.
Presentación de Solicitud: El formulario EX013, junto con la copia del pasaporte o cédula y documentos relevantes, puede ser presentado en cualquier registro público dirigido a la Oficina de Extranjería de la provincia correspondiente. Asimismo, se ofrece la opción de presentar la solicitud electrónicamente a través de la plataforma Mercurio, ya sea de manera presencial o a través de un representante con certificado digital.
Duración de la Renovación: La autorización renovada tendrá una validez de dos años, siendo renovable por períodos similares si se mantienen los requisitos, a menos que se aplique una autorización de residencia de larga duración.
Trámite de Huellas: Tras recibir la notificación de la aprobación de la residencia, hay un plazo de un mes para solicitar la tarjeta de residencia. Durante este proceso, el interesado debe programar una cita en la comisaría de policía correspondiente para realizar el trámite de huellas, presentando los documentos requeridos, incluyendo el formulario de solicitud (EX 17), pasaporte o cédula de inscripción, comprobante de pago de la tasa de tarjeta y una fotografía de carné.
Regulación:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículo 35).
- Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 197 con la modificación introducida por el Real Decreto 903/2021, de 19 de octubre).